FELIX VILLALBA GARRIDO… DE PROFESIÓN CHAUFFEUR
Por: Juan José Olivas Vigara
Segunda parte
Desde que entró en
vigor el reglamento para el
servicio de coches automóviles por las carreteras del Estado, el 17 de septiembre
de 1900 fue obligatorio el permiso de conducir.
En aquel Reglamento
no se especifican los requisitos que debían reunir los conductores, ni las
pruebas a las que debían ser sometidos para la obtención del permiso de
conducción. Todo quedaba al libre albedrío del Gobernador Civil, en primer
lugar, y del criterio de Ingeniero designado por éste para realizar las pruebas
que considere necesarias para comprobar la aptitud del solicitante para
conducir automóviles.
Los pasos a seguir para obtener permiso de conducir eran los
siguientes:
Primero.- El interesado cursaba una instancia al Gobernador civil de
su provincia en la que hacía constar su filiación. No existía modelo de
instancia normalizado por lo que cada uno la redactaba a su manera, siempre y
cuando hiciera constar los datos requeridos de carácter personal. Redactada
esta parte de la instancia, el interesado exponía el motivo considerando él
mismo que ya tenía la aptitud para conducir y que podía demostrarlo mediante un
examen que nadie sabía previamente en qué iba a consistir.
Segundo. - Recibida la instancia en el Gobierno civil, se registra
y en pocos días el Gobernador envía un comunicado a un Ingeniero de Obras
Públicas para que compruebe la “aptitud” (examen) del solicitante para conducir
automóviles.
Tercero.- El ingeniero designado procede a realizar las pruebas al
solicitante y a comunicar al Gobernador el resultado reconociendo o no la
“aptitud” del mismo.
Las pruebas que realizaban aquellos ingenieros venían a ser, más o
menos, las siguientes:
-Sometían a interesado a una prueba de circulación llegando a
recorrer en algunos casos hasta 50 kilómetros. El examinando debía demostrar
que sabía manejar el vehículo a distintas velocidades, en pendientes y en
curvas cerradas, que era capaz de cruzarse con caballerías y vehículos de
distintas clases sin crear peligro alguno y que actuaba con los frenos
con la oportunidad y precisión necesarias.
-Era interrogado acerca del funcionamiento del motor, así como de
las averías más frecuentes que se producían en marcha y cómo repararlas.
Si el manejo del vehículo era correcto a juicio del ingeniero y
las respuestas sobre mecánica eran las correctas, remitía un acta
un acta al Gobierno Civil, certificando la aptitud para conducir. El Gobernador,
a la vista del acta, expedía ya el correspondiente permiso. Cuando aquel
Darracq con la matrícula J-1, propiedad de D. Ángel Gea vecino de Linares, empezó a circular, allá por 1906, legalmente por las carreteras de Jaén,
nuestro convecino Félix Villalba Garrido tenía 15 años y posiblemente ya
le gustaban los automóviles y hasta podría haber pensado aprender a
conducir algún día.
Pasaron los años y el parque de automóviles de Jaén fue
creciendo, aunque lentamente. En las grandes poblaciones como Jaén,
Linares, Úbeda, Baeza y Bailén, los vehículos de tracción mecánica de las
clases pudientes y adineradas se empezaban a mezclar en la circulación con las
bicicletas de la gente de clase media y con los carros de las clases menos
pudientes; los automóviles convivieron con los carros transportando mercancías
por las carreteras de la provincia hasta la década de los cincuenta.
Ya en los años veinte, el parque de automóviles en la provincia de
Jaén creció de manera significativa. El constante aumento de automóviles desde
1900 exige la aparición de un nuevo reglamento, más acorde con los nuevos
tiempos. Y ese reglamento llegó. Se hizo efectivo mediante el Real Decreto
del Ministerio de Fomento de 23 de julio de 1918, firmado en San Sebastián por
el Rey Alfonso XIII a propuesta del ministro catalán Francesc Cambó. Al amparo
de este nuevo reglamento obtuvo el permiso de conducir D. Félix Villalba
Garrido.
Corría el mes de abril de 1923, cuando nuestro convecino, con 30
años y casado, decide hacerse chófer. Hasta entonces su profesión fue la
de albañil, como la de su padre. No tenemos
conocimiento de quién le enseñó a conducir, ni cuándo ni cómo aprendió. Pero sí
sabemos que con fecha 24 de abril de 1923 se abre un expediente en Obras
Públicas de Jaén con una instancia, a nombre de Félix Villaba Garrido, vecino
de Puente de Génave, solicitando el permiso para conducir automóviles con motor
mecánico de la 3ª categoría. Eran considerados vehículos de la tercera
categoría, según el reglamento de 1918, "los
automóviles y, en general, vehículos de tres o más ruedas, con pesos y cilindradas
superiores respectivamente, a 500 kilogramos y 1.100 centímetros cúbicos".
El primer paso que tuvo que dar Félix para obtener el permiso fue
dirigir una instancia al Gobernador Civil de Jaén. Félix, además de sus datos
personales, hacía constar en su instancia: “Que
considerándome con aptitud para conducir vehículos con motor mecánico de la 3ª
categoría (…) se sirva, previos los trámites oportunos, expedir el permiso
correspondiente para poder conducir por las vías públicas…”
La instancia entra en el Registro del Gobierno Civil el día 24 de
abril de 1923. Al día siguiente se ordena, mediante oficio, al ingeniero
industrial D. Ángel Méndez Orbegozo que proceda al examen de aptitud del
peticionario. El 27 de abril el ingeniero cumplimenta el servicio. Y con la
misma fecha envía acta certificando que ha procedido a examinar a D. Félix
Villalba y que en las pruebas practicadas ha demostrado aptitud suficiente.
Traducido al lenguaje del pueblo: Félix había aprobado el examen de conducir;
era el primer puenteño que lo conseguía.
Con fecha 8 de mayo de 1923, el Gobernador Civil de Jaén expide el
permiso de conducir a D. Felix Villalba Garrido con el nº 831. Félix, junto con la
instancia, presentó los documentos exigidos:
-Dos fotografías del tamaño de 0.045 por 0.045.
-Certificado médico de no padecer enfermedad de la vista u oído,
ni otras dolencias que le incapaciten para la conducción del vehículo; firmado
y escrito de su puño y letra en papel de 2 pesetas y con el sello del Colegio
de Huérfanos de María Cristina por D. Ramón Ruiz Frías, que fue médico titular
de Puente de Génave desde que ganó la plaza convocada por el Ayuntamiento de la
Puerta de Segura en 1918 hasta su jubilación.
-Certificado de buena conducta en papel de 2 pesetas firmado por
D. Adriano Marín Rodríguez, alcalde a la sazón, de la Puerta de Segura.
-Certificado del acta de nacimiento del Registro civil, en papel
de una peseta.
En 1924, Félix Villalba quiso dedicarse a conducir vehículos
destinados a alquiler o servicio público y tuvo que presentar un certificado
médico de Sanidad como estaba reglamentado. Tuvo un Ford con matrícula de
Albacete que destinó a taxi. Trasladar puenteños y puenteñas a la feria de la
Puerta fue de los primeros viajes que realizó.
En 1926 se promulga un nuevo Reglamento que introduce interesantes
e importantes novedades relativas al permiso de conducir. Ya no sería el
Gobernador Civil el que expidiera el permiso, sino la Jefatura Provincial de
Obras Públicas, previa certificación de la aptitud del interesado
expedida por el Ingeniero Inspector de automóviles, afecto a la
Inspección provincial. Félix Villalba
solicita a través de la gestoría Campos Lucha de Jaén el canje de su permiso
por el nuevo modelo.
No tenemos constancia de la cantidad de dinero que desembolsó D.
Félix Villalba por el papeleo,
pero sería similar, por no decir igual, al de otras provincias, ya que eran
documentos oficiales. En Madrid, por ejemplo, en 1924 el desembolso llegaba
a la, nada desdeñable, cantidad de 64.25 pesetas por los siguientes
conceptos:
-Instancia dirigida al gobernador civil provincial en papel… 1 ptas.
-Certificado médico que indique no padece enfermedad que le impida la conducción
de vehículos… 7 ptas.
-Certificado de buena
conducta… 8,75 ptas.
-Certificado de nacimiento del Registro civil, que demuestre que el solicitante no
tiene menos de 18 años ni más de 67… 4 ptas.
-Estos documentos,
que se presentan en la Sección de Fomento del Gobierno Civil, pasan a la
Jefatura de Obras Públicas, donde expenden el carnet, y se exige una póliza de … 25
ptas.
-Por el cartón del
permiso…. 1 ptas.
El total ascendía a 64,25
pesetas teniendo en cuenta que para aquel entonces un obrero del campo
necesitaba casi 16 jornales para pagar todo este papeleo. Era otra época, lejana ya en el
tiempo.
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